Tlaxcala, Tlax; 9 de noviembre de 2021 (Pulso Red) El diputado local Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, presentó ante el Pleno de la LXIV Legislatura local, una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, para crear la Fiscalía General de Justicia del Estado y garantizar su autonomía.
El legislador de la bancada del Partido del Trabajo (PT), expuso que la procuración de justicia es la actividad que realiza el Estado para garantizar el cumplimiento del marco legal y el respeto a los derechos humanos de los ciudadanos, mediante la investigación del delito y el ejercicio de la acción penal, pese a cuya importante función, no goza del prestigio entre la población por exceso de burocratismo, falta de certeza jurídica y otros aspectos.
A fin de modernizar el sistema de procuración de justicia, México implementó reformas constitucionales en materia penal en 2008 y de derechos humanos en 2011, para armonizar la constitución federal con los tratados internacionales firmados y adoptar el modelo para dotar de autonomía al ministerio público, que además debía ser compatible con el Sistema de Justicia Penal Acusatorio.
Ante ello, dijo que su propuesta de reforma a la Constitución Política local es la de crear la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala, que reemplazará a la actual Procuraduría General de Justicia, con el carácter de órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica, presupuestal y de gestión.
Este nuevo órgano constitucional será encabezado por un Fiscal General de Justicia que reemplace la figura del actual Procurador y cuya designación se haga mediante un procedimiento que involucre, mediante convocatoria, a candidatos que surjan de la sociedad civil y con la participación de los poderes ejecutivo y legislativo en el desarrollo del procedimiento.
“Igualmente, se busca garantizar la permanencia e independencia de quien funja como su titular, ya que para la remoción de este no será necesaria solo la decisión del gobernador del Estado como actualmente ocurre, sino que se deberá respetar un procedimiento previamente establecido en la Ley”, apuntó.
Para lograr lo anterior, Covarrubias Cervantes precisó que se deben reformar el artículo 54 fracción XXVI, la denominación del Capítulo II, los artículos 71, 72, 73, 74, 76, 78, tercer párrafo, 81 fracción III inciso d) y fracción IV inciso f), 83 fracción VI, 106 fracción V, 109 y 113; y se adicionan un segundo párrafo al artículo 71, el artículo 73 BIS, y las fracciones de la I a la IV del artículo 83; todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.
La iniciativa presentada fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su estudio y análisis correspondiente.