Tlaxcala, Tlax; 18 de diciembre de 2025 (David Rodríguez) El titular del Órgano de Fiscalización Superior (OFS), Arturo Lucio Salas Miguela, reconoció que hay titulares de los Órganos Internos de Control de los ayuntamientos del estado, que no han iniciado procedimientos legales correspondientes contra los alcaldes que mantienen en la nómina a personas sin el perfil para desempeñarse en el cargo de director de obras o tesorería.

A finales de noviembre, el presidente de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso del estado, Bladimir Zainos Flores, informó que 22 presidentes municipales mantenían en la nómina a funcionarios que no cumplen con el perfil para desempeñarse dentro de la administración pública.

Los tesoreros que no cuentan con el perfil o están imposibilitados para desempeñar el cargo son los de los municipios de Acuamanala, El Carmen Tequexquitla, Españita, Lázaro Cárdenas, San Damián Texoloc, Santa Ana Nopalucan, Santa Apolonia Teacalco y Teolocholco.

Mientras que los directores de obras que no estaban acreditados son para ejercer su cargo son los de los municipios de Atlangatepec, El Carmen Tequexquitla, Huamantla, Zacualpan, San José Teacalco, San Pablo del Monte, Nopalucan, Santa Apolonia Teacalco, Ayometla, Quilehtla, Teolocholco, Tepetitla, Terrenate y Zitlaltepec.

En ese sentido, el auditor superior informó que son los titulares de los órganos internos de control los responsables de iniciar los procedimientos sancionatorios, sin embargo, admitió que algunos de ellos no han cumplido con su obligación, por lo que podrían ser sujetos de responsabilidades por omisión de sus funciones.

“Notificamos a los órganos internos de control, hay algunos que tenemos que sí ya iniciaron los procedimientos y hay varios que pues no los han iniciado también. La ley general de responsabilidades establece sanciones para los titulares de los órganos internos de control si es que estos caen en un acto de omisión al no hacer las funciones para las cuales están nombrados”, expuso.

De acuerdo a la Ley General de Responsabilidades, los titulares de los órganos internos de control que sean omisas en sus funciones pueden ser sujetos de una amonestación, suspensión, destitución o inhabilitación, según la falta en la que hayan incurrido.

Por Pulso-Red

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