Tlaxcala, Tlax; 10 de octubre de 2019 (Pulso) Con la finalidad de integrar las nuevas tecnologías de la información y comunicación, como medio de prueba para la demostración de un hecho, la Legisladora María Félix Pluma Flores, presentó al Pleno del Congreso Local la iniciativa para adecuar diversas disposiciones del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Tlaxcala.
Propuso que en el Codigo se reconozca como medios de prueba en un asunto que se ventile, las fotografías, copias fotostáticas, registros dactiloscópicos y, en general, todos aquellos elementos aportados por la ciencia y tecnología, así como por cualquier publicación, fotografía, video, audio, mensajería derivada de las redes sociales, ya sea por medio electrónico o impreso.
Expuso que esas pruebas quedarán a interpretación del juzgador, previa validación de autenticidad y valor probatorio que realicen los expertos en la materia a través de la confesión; la declaración de las partes; los documentos públicos y privados; el dictamen pericial; la inspección judicial; los testigos y; las presunciones.
Respecto a la adecuación al artículo 240 del citado artículo propone que para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el negocio que se ventile, las partes pueden presentar fotografías, cintas cinematográficas, discos, u otros medios de reproducción o cualquier dispositivo derivado de la tecnología como celulares, computadoras, tabletas electrónicas y sus similares, así como registros dactiloscópicos y notas taquigráficas.
En este sentido, argumentó la necesidad de actualizar y armonizar el derecho positivo vigente, para que deje de contener, en su caso, lagunas o faltantes, específicamente el Código de Procedimientos Civiles del estado, el cual necesita la incorporación del desarrollo progresivo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación de manera específica, para enriquecer el ámbito espacial de acción que forja dentro de los problemas generados en la sociedad.
Por ello, refirió que es necesario que se detalle el uso de las redes sociales como Facebook, Twitter, Instagram, WhatsApp dentro de la normatividad adjetiva civil, para que sean utilizadas como medios de prueba, ya que estas aplicaciones, contienen en muchas ocasiones, evidencia complementaria.
Con esta propuesta, dijo, se pretende resolver la complementación de los elementos probatorios necesarios para que los enjuiciadores tomen la decisión más apegada a la justicia al momento de encontrase en una Litis.