TET: cumplió PEST y elección de comités directivos distritales

Tlaxcala, Tlax; 20 de febrero de 2020 (Pulso) El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) dio por cumplida su sentencia, respecto a la obligación del Partido Encuentro Social Tlaxcala (PEST) de establecer que las votaciones y los procedimientos para elegir integrantes de sus comités directivos distritales, sean a través del voto secreto de sus miembros.

Y es que de acuerdo con la nueva convocatoria del PEST para celebrar Congresos Políticos Distritales para elegir a los Integrantes de los Comités Directivos en los distritos electorales locales I, II, V, VI, VII, IX, X, XI, XIII, XIV y XV, se desprende que la elección de integrantes de cada comité directivo distrital se llevará a cabo por voto libre, personal, directo y secreto.

La misma convocatoria establece que la emisión del voto se llevará a cabo a través de boletas electorales, las cuales deberán estar debidamente foliadas; que los resultados de la votación serán conforme al escrutinio y cómputo que realicen los integrantes de las mesas receptoras de votación, quienes colocarán las hojas de resultados en lugar visible del centro de votación; y que se instalará una mesa receptora de votación por cada Congreso Político Distrital en las sedes señaladas para ello, y en la misma se instalará una urna en la que se depositarán las boletas electorales para elegir Comité Directivo Distrital.

Cabe recordar que el pasado 14 de enero, el Pleno del TET ordenó al PEST modificar su convocatoria para elegir a los Comités Directivos Distritales con cabecera en Natívitas, Zacatelco, San Pablo del Monte, Huamantla, Calpulalpan, Tlaxcala, Yahuquemehcan, Teolocholco, Tlaxco, Huamantla, Ixtacuixtla y Chiautempan, con el propósito de que las nuevas dirigencias distritales sean elegidas mediante el voto libre, directo y secreto de quienes participen en la elección.

Al resolver el expediente TET-JDC-107/2019 y acumulados, los magistrados Luis Manuel Muñoz Cuahutle y José Lumbreras García subrayaron que el voto abierto en asamblea que establecía la convocatoria, era ilegal por lo establecido en el artículo 44 de la Ley General de Partidos Políticos, situación por lo que votaron porque la convocatoria debía ser modificada por el PEST. En esa circunstancia, acordaron la realización del engrose respectivo, debido a que el expediente tuvo el voto particular del magistrado Miguel Nava al pronunciarse por la validación de la convocatoria de ese instituto político.

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