Tlaxcala, Tlax; 16 de abril de 2026 (David Rodríguez) Por ocasionar un perjuicio de 4.5 millones de pesos al patrimonio del Poder Judicial del estado, el extesorero de esa soberanía, Armando Martínez Nava, fue inhabilitado para ejercer cualquier empleo, cargo o comisión dentro del servicio público por un periodo de tres meses.

De acuerdo a la resolución del procedimiento de Responsabilidad Administrativa 08/2025, de la Comisión de Disciplina Administrativa del Órgano de Administración Judicial, el entonces tesorero no se desempeñó con disciplina y respeto, lo que provocó una omisión que le costó al Poder Judicial el pagó de 4 millones 572 mil 091 pesos.

“(Armando Martínez Nava) dejó de observar disciplina en el cumplimiento de sus obligaciones, pues no realizó su función de manera metódica y perseverante para evitar observaciones por parte del Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del estado de Tlaxcala o de cualquier otra autoridad y como consecuencia, faltó el respeto a quienes lo nombraron como un operador técnico del Poder judicial, dejó de observar compañerismo, no buscó la armonía y no colaboró de manera eficiente en su entorno laboral para brindar un servicio público de calidad”, refiere el expediente de 32 hojas certificadas del que Pulso tiene una copia.

De manera concreta, Armando Martínez no realizó la correcta retención de impuestos a los salarios de los servidores públicos del Poder Judicial en el periodo enero-octubre, omisión que le valió al Poder Judicial una observación del Órgano de Fiscalización Superior (OFS) por el incumplimiento de esa responsabilidad.

“Se detectó que efectuaron erogaciones por declaraciones complementarias de impuestos por salarios ajustado, así como actualizaciones y recargos correspondientes al periodo enero-octubre 2023 a favor de del Servicio de Administración Tributaria”, añade el expediente que fue resuelto por el ex consejero electoral hoy convertido en presidente de la Comisión de Disciplina Administrativa, Raymundo Amador García.

El término de tres meses de inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión dentro del servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, cobró vigencia a partir de la notificación de la resolución, es decir a partir del 26 de marzo de este año.

Por Pulso-Red

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